En este artículo encontrarás el siguiente contenido:
Fuentes | Colaboradores de esta información:
Unión Europea - Vivireneuropa.eu - Ministerio de Asuntos Exteriores - unmadrilenoeneuropa.es - Portal Inmigración España - Gobierno de España - BOE de España - UPTA - Autónomos en Europa
Si vas a emprender en España o ya eres autónomo queremos hablarte del REDEME (Régimen de Devolución Mensual del IVA). Se trata de un régimen excepcional que te vamos a explicar a continuación y por el cual se te devuelve el IVA mensualmente en lugar de anualmente.
Este artículo está pensando principalmente para autónomos y emprendedores en España.
Antes de empezar queremos recordar que en la comunidad Vivir en España somos más de 90 colaboradores a tu servicio para ayudarte en más de 250 servicios y gestiones. Además, dispones más de 180 informaciones digitales para que puedas planificar todo tú directamente. Formamos parte de la red de movilidad europea: Vivir en Europa.
En la parte superior de este artículo puedes ver todas las fuentes oficiales que han colaborado o de las cuáles se ha obtenido la información.
Qué es el REDEME.
El sistema de devolución mensual del IVA, REDEME, te permite recuperar mensualmente el exceso de IVA al que hayas tenido que hacer frente en el desarrollo de tu actividad.
Es muy útil si estás empezando, tienes que hacer frente a fuertes inversiones o realizas una actividad que siempre implique un superávit de IVA soportado (por ejemplo: actividades económicas cuyo tipo de gravamen es inferior en el repercutido o si todo lo que facturas es al extranjero).
El acrónimo corresponde al Régimen de Devolución Mensual del IVA.
Aquí está la clave de este régimen y es que ya no hay que esperar si lo deseas al cierre del trimestre para recibir la devolución del IVA pagado en cada factura sino que puedes solicitarlo mensualmente sea cual sea el volumen de tu negocio.
Por el contrario, te obliga a permanecer en él al menos un año y no todos los autónomos y empresarios podéis decantaros por él. Te explicamos todo a continuación.
Si tu compañía importa o exporta, puede resultar muy interesante acogerse al REDEME. Ya que, como las exportaciones están exentas de IVA, el importe del IVA soportado será mucho mayor que el del IVA repercutido.
Este es un claro ejemplo en el que es recomendable pasar de una declaración del IVA trimestral a una mensual.
Otro ejemplo podría ser, las obras de rehabilitación y construcción para otras empresas no repercuten IVA.
Si estas obras son para la Administración Pública o para particulares, si repercutirían IVA.
En cualquier caso, y a modo de resumen, si en tu compañía el IVA soportado es superior al IVA repercutido es aconsejable acogerse al registro de declaración del IVA mensual, ya que no tendrás que esperar a la declaración anual para solicitar la devolución del impuesto.
Contacta con nuestros asesores si estás interesado en darte de alta como autónomo.
Debes tener en cuenta estos requisitos para poder inscribirte:
Si eres transportista de viajeros o mercancías por carretera puedes solicitar la devolución de las cuotas deducibles de tu medio de transporte (vehículo).
Si lo deseas puedes plantear cualquier consulta fiscal a nuestros expertos.
Para darte de alta, la solicitud de inscripción la tendrás que presentar en noviembre:
Las solicitudes efectuadas en noviembre de 2021 por ejemplo, tendrán efecto el día 1 de enero del año siguiente, es decir, de 2022.
Una vez que te das de alta en REDEME estás obligado a estar en el mismo durante, mínimo, un año. No es algo que se pueda cambiar cada mes o según nos interesa.
Cómo inscribirte en este Régimen excepcional que es el REDEME.
Para inscribirte en el REDEME solo necesitas seguir estos dos pasos:
Modelo 036, presentar en Hacienda el modelo 036 para la declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Presentar en Hacienda el modelo 039 que será de efectos para la declaración de datos relativa al régimen especial del grupo de entidades en el impuesto sobre el IVA.
obligaciones
Una vez que te has dado de alta en el REDEME, debes presentar todos los meses las autoliquidaciones del IVA mediante el modelo 303.
Además, mensualmente también tienes que entregar a Hacienda una declaración informativa de los registros del IVA con el modelo 340.
Tu situación puede ser particular.
Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar asesoramiento debe ponerse en contacto con los Helpers.
Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso. La veracidad y la información es muy importante para nosotros. Por eso encontrarás en el artículo todas las fuentes oficiales y colaboradores que han participado en este artículo. Si quieres aportar a este artículo contacta con nosotros.
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