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Modelo 111. Retención IRPF

Vivir en España • abr 21, 2022

En este artículo encontrarás el siguiente contenido:



Fuentes | Colaboradores de esta información:


Unión Europea - Vivireneuropa.eu - Ministerio de Asuntos Exteriores - unmadrilenoeneuropa.es -  Gobierno de España - BOE de España - UPTA - Agencia Tributaria - Autónomos en Europa

Servicios al Ciudadano

Qué es el Modelo 111

Durante el ejercicio fiscal los autónomos y empresas realizan retenciones de IRPF. Por ello hoy te queremos hablar del modelo 111. La declaración de todas las retenciones. Cómo realizarlo por tu cuenta. Las principales características y si necesitas ayuda nuestro equipo está para ayudarte.


Este artículo está pensando principalmente para autónomos y emprendedores en España y Empresas 


Antes de empezar queremos recordar que en la comunidad Vivir en España somos más de 90 colaboradores a tu servicio para ayudarte en más de 250 servicios y gestiones. Además, dispones más de 200 informaciones digitales para que puedas planificar todo tú directamente. Formamos parte de la red de movilidad europea: Vivir en Europa.


En la parte superior de este artículo puedes ver todas las fuentes oficiales que han colaborado o de las cuáles se ha obtenido la información.


Qué es el modelo 111.


El modelo 111 es la declaración con la que las empresas y los autónomos declaran e ingresan las retenciones de IRPF que han practicado durante el trimestre a trabajadores, profesionales o empresarios.


Es decir, una empresa o un autónomo aplican a las nóminas de sus trabajadores o a las facturas recibidas de proveedores una retención de IRPF que se descuenta en el momento, pero que transcurridos 3 meses se tienen que pagar a Hacienda.



A menos que el IRPF practicado sea cero, es una declaración obligatoria que debe presentarse a la Agencia Tributaria.


Pongamos un ejemplo: si tienes empleados, estos tendrán una nómina que lleva una retención de IRPF. Dicho importe se le descuenta al trabajador en su nómina y tú como empleador debes pagarlo. Más tarde, este trabajador declarará su renta personal con el modelo 100.


Llegado el momento, tú como empresa has pagado de forma rigurosa mes a mes esta cantidad acumulándolo como si fuese una hucha. Más tarde, mediante el modelo 111 pagarás esta cantidad.

Para las facturas que recibes de profesionales pasaría exactamente lo mismo que el caso anterior.

En definitiva, se trata de un “dinero a cuenta” que posteriormente Hacienda puede devolver según el caso al trabajador o empresario, a través de la declaración del IRPF.


El Modelo 111 es el modelo en el que se declaran e ingresan las retenciones trimestrales:

  • Rendimientos del trabajo.

  • Rendimientos que sean contraprestación de las siguientes actividades económicas:


  • Actividades profesionales
  • Actividades agrícolas y ganaderas
  • Actividades forestales

Las actividades empresariales en estimación objetiva previstas en el artículo 95.6.2.º del Reglamento del Impuesto.

  • Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual e industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, del subarrendamiento sobre los bienes anteriores y de la cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen, a los cuales se refiere el artículo 75.2.b) del Reglamento del Impuesto, cuando deriven de una actividad económica desarrollada por su perceptor.

  • Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias a que se refiere el artículo 75.2.c) del Reglamento del Impuesto.

  • Ganancias patrimoniales consistentes en percepciones obtenidas por los vecinos como consecuencia de los aprovechamientos forestales en montes públicos.

  • Contraprestaciones a que se refiere el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto que sean consecuencia de cesiones de derechos de imagen a las que resulte de aplicación el régimen especial de imputación de rentas establecido en el citado artículo.


Puedes descargar este modelo en nuestra sección de formularios.

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Quién debe presentar el modelo 111.

Te lo hemos adelantado al principio del artículo, principalmente aquellos sujetos que desempeñen una actividad.

Cualquier empresa o autónomo individual tendrá que presentar el modelo 111 siempre que hayan descontado importes en alguna de las siguientes circunstancias:

  • Rendimientos de trabajo como nóminas o finiquitos (aunque el IRPF sea cero).
  • Rendimientos de actividades económicas como actividades profesionales, agrícolas y ganaderas, forestales, actividades empresariales con obligación de retener el 1%, de propiedad intelectual o de propiedad industrial, entre otras.
  • Premios obtenidos en concursos o juegos.
  • Cesiones de imágenes.
  • Ganancias patrimoniales obtenidas del aprovechamiento forestal en montes públicos.
  • Ciertas contraprestaciones que sean consecuencia de cesiones de derechos de imagen a las que resulte de aplicación el régimen especial de imputación de rentas.



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Plazos sobre la presentación del modelo 111

Al principio te hemos adelantado que es una declaración trimestral, pero están regladas y debes respetar los plazos.


La regla general es que el  modelo 111 se presenta dentro de los 20 días posteriores al final de los 4 trimestres. Puede ser mensual también.


Por ello el calendario queda de la siguiente manera:


  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, ambos incluidos
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio, ambos incluidos
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, ambos incluidos
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero, ambos incluidos


Las declaraciones realizadas vía online tienen cinco días menos en el plazo de liquidación.


Así que para planificar bien, contempla que debes presentar el modelo 111 antes de los días 15 de abril, julio y octubre y del 25 de enero.


Estos plazos se refieren a días hábiles, de manera que en caso de coincidir el último día del periodo con festivo, se amplía el plazo hasta el siguiente día hábil.

 

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Cómo hacer el 111 de manera autónoma.

Los autónomos tienen la posibilidad de realizar la presentación del modelo 111 a través de dos vías:

  • Por Internet.
  • De forma presencial.

Sin embargo, las empresas solo tienen la opción de hacerlo online.

Ahora bien, la presentación telemática, ya sea por empresas o autónomos, debe ajustarse a las condiciones y al procedimiento establecido en la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria.

Se puede acceder a toda la información y ayuda sobre la presentación de este modelo en la web de la Agencia Tributaria. En nuestra sección de formularios.


Recuerda que puedes cumplimentar el modelo 111 con nuestros asesores

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Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar asesoramiento debe ponerse en contacto con los Helpers.


Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso. La veracidad y la información es muy importante para nosotros. Por eso encontrarás en el artículo todas las fuentes oficiales y colaboradores que han participado en este artículo. Si quieres aportar a este artículo contacta con nosotros.


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