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Fuentes | Colaboradores de esta información:
Unión Europea - Vivireneuropa.eu - Ministerio de Asuntos Exteriores - unmadrilenoeneuropa.es - Gobierno de España - BOE de España - UPTA - Agencia Tributaria - Autónomos en Europa
El IAE o Impuesto de Actividades Económicas es un impuesto que se aplica tanto a autónomos como a sociedades, por el hecho de realizar una actividad empresarial, profesional o artística en territorio español. Te explicamos en detalle el IAE, costes, procesos y obligaciones que tienes.
Este artículo está pensando principalmente para autónomos y emprendedores en España y Empresas
Antes de empezar queremos recordar que en la comunidad Vivir en España somos más de 90 colaboradores a tu servicio para ayudarte en más de 250 servicios y gestiones. Además, dispones más de 200 informaciones digitales para que puedas planificar todo tú directamente. Formamos parte de la red de movilidad europea: Vivir en Europa.
En la parte superior de este artículo puedes ver todas las fuentes oficiales que han colaborado o de las cuáles se ha obtenido la información.
Qué es el IAE.
La denominación oficial del IAE es la declaración de alta, variación o baja en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y comunicación del importe neto de la cifra de negocios a efectos de IAE (tramitación ante la AEAT).
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un tributo al que están obligados todos aquellos que desarrollan una actividad económica en nuestro país, tanto personas físicas como personas jurídicas. Se trata de un impuesto local, que gestionan los ayuntamientos, pero la administración estatal utiliza la información consignada en él a efectos del control de otros impuestos como el IRPF o el IVA.
Genera bastantes dudas porque condiciona la forma en la que tributarás, por lo que no debes tomarlo a la ligera. En este artículo te explicamos qué es el IAE y te explicamos los distintos grupos y listados de los epígrafes IAE de actividades empresariales, profesionales y artísticas de los autónomos.
Como te hemos adelantado al inicio todas aquellas rentas que no sean derivadas del trabajo, son rentas que deben estar registradas en el Impuesto de Actividades Económicas en España.
En el momento en el que te das de alta en Hacienda, vía Modelo 036 ó 037, tienes que especificar la actividad, o actividades, que vas a desarrollar.
Esa actividad tiene que corresponderse con alguno de los epígrafes que detalla el propio IAE en su amplio listado de epígrafes y grupos.
Las principales secciones y epígrafes del IAE son los siguientes:
Puedes acceder al buscador de actividades de hacienda en este link.
Según el epígrafe en el que finalmente enmarques tu actividad así será el régimen de IVA aplicable. Además, ten en cuenta que los profesionales aplican un 15% (opcionalmente 7% los tres primeros años, siempre que en el año anterior no se haya ejercido otra actividad profesional) de retención del IRPF en sus facturas a otras empresas y a autónomos.
El Impuesto sobre Actividades Económicas se devenga el 1 de enero de cada año, fecha que coincide con el periodo impositivo con el año natural anterior. En el caso de declaraciones de alta, se abarcará desde la fecha de comienzo de la actividad hasta el final del año natural.
Como podrás comprobar salvo grandes facturaciones, los límites de exención del Impuesto de Actividades Económicas son muy amplios.
Cualquier persona física o jurídica que realice una actividad profesional, jurídica o artística, está sujeta al IAE. Esto barca los siguientes grupos:
Están exentos de pagar el Impuesto de Actividades Económicas los siguientes grupos:
Recuerda que si tienes dudas o gestiones puntuales puedes contactar con nuestro equipo.
Si llegado el tercer año de tu actividad, tu cifra neta de negocio supera el millón de euros, deberás tributar por el Impuesto de Actividades Económicas.
Para poder hacerlo, deberás informar a la Agencia Tributaria de tu actividad mediante el modelo 840, utilizado para darte de alta o baja de este impuesto.
El Modelo 840 es la declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE),
que puedes descargar en nuestra sección de formularios directamente. De acuerdo con AEAT, este modelo se utilizará para las siguientes actividades:
Recuerda que puedes cumplimentar el modelo 840 con nosotros.
Tu situación puede ser particular.
Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar asesoramiento debe ponerse en contacto con los Helpers.
Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso. La veracidad y la información es muy importante para nosotros. Por eso encontrarás en el artículo todas las fuentes oficiales y colaboradores que han participado en este artículo. Si quieres aportar a este artículo contacta con nosotros.
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