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Declaración de la Renta en España

Vivir en España • abr 21, 2022

En este artículo encontrarás el siguiente contenido:



Fuentes | Colaboradores de esta información:


Unión Europea - Vivireneuropa.eu - Ministerio de Asuntos Exteriores - unmadrilenoeneuropa.es - Portal Inmigración España Agencia Tributaria

Servicios al Ciudadano

Renta España. La Declaración de la Renta.

Como en la mayoría de los países los ciudadanos tienen una serie de obligaciones tributarias. En España uno de los momentos más importantes es el de la Declaración de la Renta. Qué es y cómo se debe gestionar.


Este artículo está pensando principalmente para ciudadanos europeos y ciudadanos extra-eu.


Antes de empezar queremos recordar que en la comunidad Vivir en España somos más de 90 colaboradores a tu servicio para ayudarte en más de 250 servicios y gestiones. Además, dispones más de 180 informaciones digitales para que puedas planificar todo tú directamente. Formamos parte de la red de movilidad europea: Vivir en Europa.


En la parte superior de este artículo puedes ver todas las fuentes oficiales que han colaborado o de las cuáles se ha obtenido la información.


¿Qué la Declaración de la Renta?


La declaración de la renta o IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es un tributo que tienen la obligación de pagar todos los ciudadanos a la Agencia Tributaria, en relación con los ingresos que hayan obtenido durante un año. Es la principal fuente de ingresos de Hacienda junto con el IVA. Sin embargo, no todo el mundo tiene que hacerla, depende de las rentas que se hayan obtenido a lo largo del año.



El IRPF es un impuesto que deben pagar las personas físicas residentes en España por todos los beneficios o rentas que obtengan a lo largo del año fiscal.


La declaración de la renta la realizan solo las personas físicas, que hacer referencia a las personas humanas. Al contrario que las personas jurídicas, que se refiere principalmente a las empresas, las cuales no pagan el impuesto sobre la renta, sino que pagan lo que se conoce como impuesto de sociedades.


Si eres no residente en España pero obtienes rentas, también tendrás que realizar una declaración y pagar tus impuestos. Esto se hace trimestralmente con otros impuestos. Infórmate.


La Declaración de la Renta incluye los siguientes rendimientos:


  • Rendimientos del trabajo: Sueldos, nóminas o pensiones, principalmente.
  • Rendimientos del capital mobiliario: Principalmente intereses y dividendos. Pero también se incluyen los seguros de vida.
  • Rendimientos del capital inmobiliario: Son las rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares, arrendados o cedidos a terceros, no afectos a actividades económicas.
  • Rendimientos de actividades económicas, empresariales o profesionales.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales: Derivadas por ejemplo de la venta de inmuebles, de acciones, de obtención de premios.


También tienes importantes deducciones. Las deducciones pueden ser por vivir en una casa en alquiler, o haber realizado la rehabilitación de la vivienda habitual. Por determinadas inversiones o donaciones, como por ejemplo inversión en una empresa de nueva creación o por invertir dinero en un plan de pensiones. Por vivir con hijos menores de 25 años sin apenas ingresos, o con padres mayores de 65 años.

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Quién debe hacer la Declaración de la Renta.

Toda persona física, de nacionalidad española o no, que haya residido en España más de 183 días durante el año natural (como te hemos explicado al inicio del artículo), o que tenga en el país el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta, está obligada a declarar.


Sin embargo, existen algunas excepciones. Según la web de la Agencia Tributaria, las personas físicas estarán exentas de declarar si:


  • Si los ingresos percibidos son menores a 14.000 euros en el año, aunque los ingresos de rentas del trabajo sean percibidos por dos o más pagadores. Excepto si no cumple las dos siguientes reglas:

  • No ha percibido rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, por un importe superior en su conjunto a los 1.600 euros anuales.
  • No ha percibido rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, por un importe superior en su conjunto a los 1.000 euros anuales.


  • Perciben exclusivamente rendimientos del trabajo personales, iguales o inferiores a 22.000 euros anuales:

  • Siempre que procedan de un solo pagador.
  • Cuando existan varios pagadores, siempre que la suma del segundo y posteriores por orden de cuantía no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros
  • Si los únicos rendimientos de trabajo consistan en prestaciones pasivas (pensiones de la Seguridad Social y de clases pasivas, prestaciones de planes de pensiones, seguros colectivos, mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial, planes de previsión asegurados y prestaciones de seguros de dependencia); siempre que la determinación del tipo de retención aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial reglamentariamente establecido (a solicitud del contribuyente mediante presentación del modelo 146).


Por ejemplo, si una persona cobró 18.000 euros brutos, siendo 12.000 de una empresa, 3.000 de una subvención y otros 3.000 de otra segunda empresa, tendrá que hacer la declaración de la renta ya que el total de sus ingresos supera los 11.200 euros y la suma de la subvención y la cantidad de su segundo trabajo supera los 1.500 euros.


Los autónomos tienen que hacer la declaración de la renta si los ingresos de su actividad económica fueron superiores a 1.000 euros.

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Y si no hago la declaración. Qué ocurre. Normativa.

Si no cumples con tus obligaciones fiscales durante la campaña de la renta 2020 al eludir el pago del tributo, recibir una devolución que no te corresponde, ocultar ingresos o no hacer la declaración de la renta, te expones a una infracción leve, grave o muy grave.


Por ejemplo, si la declaración de la renta sale a pagar pero no se procede con el pago, el contribuyente tendrá que hacer frente a un recargo según su demora que variará entre el 5% (pago antes de tres meses) y el 20% más los intereses (si pasan más de 12 meses sin hacer el pago). Las sanciones pueden llegar hasta el 150% de la cantidad a pagar si la Agencia Tributaria descubre que el contribuyente no pagó.


La sanción más leve ocurre si es la propia persona quien notifica que no la ha presentado y al hacerla le sale a devolver. En ese caso la sanción es de 200 euros. Si le sale a pagar o tendrá un recargo de intereses dependiendo del plazo retraso en presentar la declaración.


Si se ha presentado la declaración y ésta sale a pagar al contribuyente, pero no lo hace, Hacienda irá imponiendo una serie de recargos según el tiempo que se tarde en realizar el pago:


  • Antes de tres meses – el recargo será del 5% de la cantidad a ingresar.
  • Entre 3 y 6 meses – el recargo será del 10% de la cantidad a ingresar.
  • Entre 6 y 12 meses – el recargo será del 15% de la cantidad a ingresar.
  • Pago más de 12 meses – el recargo será del 20% de la cantidad a ingresar, más los correspondientes intereses de demora.


Si la Administración Tributaria es quien detecta que el contribuyente no ha pagado y no tiene intención de hacerlo, aplicará sanciones- Estas pueden ir desde el 50% al 150% de la cantidad a pagar, más los intereses de demora en función de la gravedad de la infracción. Por tanto, si se ingresa la deuda fuera de plazo pero sin requerimiento previo, en principio, no se imponen sanciones si no recargos por declaración extemporánea.

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Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar asesoramiento debe ponerse en contacto con los Helpers.


Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso. La veracidad y la información es muy importante para nosotros. Por eso encontrarás en el artículo todas las fuentes oficiales y colaboradores que han participado en este artículo. Si quieres aportar a este artículo contacta con nosotros.


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