Hay varios gastos y conceptos que puedes deducir en tu actividad profesional en España. Sigue una normativa muy clara y no todo se puede incluir.
Te explicamos en detalle las deducciones que puedes tener como Autónomo, gastos, IVA.
Este artículo está pensando principalmente para
autónomos y emprendedores en España y
Empresas
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En la parte superior de este artículo puedes ver todas las fuentes oficiales que han colaborado o de las cuáles se ha obtenido la información.
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Como comentábamos al principio nos podremos deducir todas esas cosas que forman parte de nuestra actividad profesional o están relacionadas con ella.
Por eso, dependerá mucho de la actividad que desarrollemos y los medios que necesitemos para ello, aunque muchos son comunes como:
- Compra de bienes y servicios para el desarrollo de la actividad: Son todos aquellos gastos que están relacionados directamente con el desarrollo de la actividad. Entre estos gastos se incluye equipos y maquinaria, materias primas, etc.
- Material de oficina todo el material que necesites para desarrollar tu negocio.
- Tarjeta de visita Puedes deducirlas ya que es tu medio para conseguir contactos.
- Gasolina la norma general es el 50%de tu consumo, ya que normalmente también se usa el vehículo para temas personales.
- Dietas Una reunión con un cliente a la hora de comer entra dentro de tus gastos. Evidentemente, según qué tipo de actividad tendrá más sentido que otra, guarda siempre los ticket. Cuidado con los fines de semana y festivos si no entran dentro de tu actividad, el nivel de detalle será total si entras en inspección ante la administración.
- Ordenador, Impresora, disco duro u otros periféricos, los autónomos solemos necesitar ordenador, recuerda que si el coste de éste es superior a 800€ deberás amortizarlo durante años y que los periféricos también desgravan.
- Coche lo podrás deducir siempre y cuando puedas demostrar que forma parte de tu actividad.
- Transporte En este caso, deberás llevar tus tarjetas de transporte público a las oficinas de atención al cliente de cada transporte y pedir que te emitan una factura con las tarjetas que has usado ese trimestre.
- Móvil para el trabajo y La factura del móvil las dos cosas te las puedes deducir si son para el trabajo únicamente.
- La cuota de autónomo es un gasto más, así que lo puedes incluir.
- Parte proporcional a la vivienda Si desarrollas toda o parte de tu actividad en tu vivienda de alquiler o compra, también podrás deducirte la parte proporcional del espacio que utilizas para ella. Esto incluye la parte proporcional del pago del alquiler o hipoteca y los gastos de la comunidad.
- También incluye estos los Gastos del hogar La luz, el agua, la electricidad…por el mismo criterio (Si realizas tu actividad en casa es probable que puedas deducir un pequeño porcentaje de los gastos de suministros. Pero esto no aplica para los casos forzados por la crisis sanitaria).
- La Vivienda alquilada: Solo se puede deducir este canon si la vivienda que alquilas también es tu centro de trabajo. Sin embargo, esto requiere que pidas al arrendador dos recibos, uno para el alquiler de vivienda de uso habitual y otro por la parte afecta a la actividad, y puesto que esto representa una retención del 19% casi ningún arrendador está dispuesto a hacerlo.
- Gastos por dietas de manutención: el autónomo podrá deducirse 26,67 euros diarios (48 euros en el extranjero) cuando no pernocta y 53,34 euros diarios cuando pernocta en España y 91,35 euros en el extranjero. Ahora bien, deberá cumplir los siguientes requisitos: gastos debidos al desarrollo de la actividad económica, en establecimientos de restauración y hostelería, que se paguen por medios electrónicos y de los que se disponga de la correspondiente factura. Hacienda ha anunciado que reforzará su vigilancia sobre este tipo de gastos por lo que hay que tener cuidado. No se admite dicha deducción como dieta si el gasto se ha realizado en el municipio donde el autónomo desarrolle su actividad. Pese a que esta deducción está recogida por ley, su aplicación no es real.
- Seguros de hogar tanto si el sitio es propio como alquilado.
- Mútua sanitaria privada trabajador, si la tienes contratada a parte de la seguridad social también la puedes incluir.
- Asistencia a ferias, congresos, eventos del sector Las entradas a ferias, congresos y demás eventos que puedan ser interesantes para tu negocio también pueden incluirse como gasto justificado y, por tanto, desgravar el IVA –
- Formación si te estás formando para mejorar en tu negocio…. También! Y también si la formación es para tus empleados.
- Cotizaciones derivadas de la contratación de trabajadores.
- Vestuario profesional (vestuario específico para su trabajo como monos de protección, cascos, chalecos, etcétera),
- Gastos relacionados con el personal, como formación, dietas, pagas extraordinarias, premios, viajes de trabajo, seguros de accidentes o indemnizaciones por rescisión de contrato, por ejemplo.
- Intereses de préstamos todos los intereses que te cobren son deducibles como gastos extra relacionado con tu trabajo. Necesitarás los justificantes de todos.
- Donativos (un máximo del 30% del gasto, siempre y cuando estas entidades sean consideradas como públicas)
- Paypal. Si sueles comprar a través de Paypal, puedes deducirte las comisiones que te cobra la plataforma por hacer los pagos a través de ella.
- Servicios de personal externo Si tienes que contratar a personal externo como un abogado, un notario o algún otro profesional, también son gastos deducibles cada trimestre.
- El impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) siempre y cuando, usemos nuestra casa como oficina, es decir, como lugar para desarrollar nuestro trabajo aunque sea de forma parcial.
- Tu Programa de facturación.
- La factura de Internet tendrás que pedir las facturas de este concepto para podértelas desgravar. Ya que el uso de Internet hoy en día es en todas las actividades y más en tiempos de teletrabajo.
- Dominio de tu página web, hosting y licencia de software si compras el dominio de una página web para difundir tu negocio on line, también El Diseño de la página web.
- Publicidad en Adwords, Twitter, Facebook,..es decir, las campañas online que realizarás para promocionar tu empresa o negocio en la red. Estos también serán gastos deducibles como autónomo.
- SaaS, softwares de marketing o productividad…Todas las herramientas de gestión, programación o consulta que estén relacionadas con tu actividad.
- Servicios de gestoría o asesoría.
- Libros y revistas profesionales siempre que sea de tu sector.
- Viaje de negocio para conseguir clientes, citarte con inversores, acudir a congresos…todo viaje que sea 100%profesional .
- Parking Mientras desarrollas tu negocio, también puede deducirse con un justificante.
- Publicidad y relaciones públicas: Son servicios que están directamente relacionados con tu actividad ya que permiten dar visibilidad al negocio. Para deducir estos gastos, el autónomo deberá tener alta del ROI.
- Reparación y conservación: Los gastos relacionados con reparación de averías y conservación de espacios, necesarios para la continuidad de la actividad empresarial, serán deducibles. (No se incluyen los gastos de reparaciones con fines estéticos o de mejoras que no sean estrictamente necesarias para la continuidad de la actividad).
- Gastos de manutención: Estos gastos tienen un límite tanto dentro como fuera del país. Es necesario presentar factura y no solo el ticket, y deben ser pagados con la tarjeta corporativa y o con efectivo o tarjetas de uso personal.
Además queremos destacarte que durante la crisis sanitaria, muchos autónomos se vieron en la obligación de realizar sus actividades desde casa. Y aunque la normativa habilita a los autónomos para deducir algunos gastos del hogar como parte de “gastos relacionados con la actividad”, Hacienda ha denegado esta ventaja fiscal al colectivo en aquellos casos que la actividad se realice desde casa por motivos de la pandemia, describiendo esta situación como “ocasional y excepcional” y, por tanto, no entrarían dentro de los gastos deducibles de los autónomos para 2021.
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